Diario del Cesar
Defiende la región

Denegada demanda electoral  contra Alcalde de Chiriguaná

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POR:
NINOSKA
REYES URDANETA

Por no existir una situación especial que conlleve a suspender provisionalmente la elección del alcalde del municipio de Chiriguaná, Carlos Iván Caamaño, el Tribunal Administrativo del Cesar falló a favor del mandatario y denegó la demanda de nulidad electoral interpuesta por Juan Carlos García Mejía, excandidato a la alcaldía de ese municipio, y quien denunció trashumancia electoral en el proceso comicial del pasado 27 de octubre.

Según Juan Carlos García, la elección debió declararse nula, ya que se presentó el fenómeno conocido como trashumancia electoral, por lo que se evidenció una vulneración flagrante al debido proceso, ya que el acto de elección fue expendido sin que fueran resueltas la totalidad de reclamaciones y recursos incoados antes las diferentes comisiones escrutadas.

García presentó la demanda con fundamento en la anulación que el CNE determinó a un total de 2.524 cédulas inscritas; pero a su vez, bajo nueva resolución habilitó más de 400, luego de recibir el argumento de los electores que demostraron la legalidad de la inscripción.

En tal sentido, el excandidato solicitó que se decrete la “suspensión provisional de los efectos jurídicos de la Resolución 007 del 5 de noviembre de 2019, mediante la cual se declaró la elección de Caamaño Cuadro como alcalde de Chiriguaná para el periodo constitucional 2020-2023 y expidió su credencial contenida en el formulario E-26, con el fundamento en que el referido acto administrativo fue expedido con infracción de las normas en que debería fundarse…”, dice el fallo emitido por el Tribunal Administrativo del Cesar.

Ante esta solicitud y luego de analizar los medios probatorios en el caso, la magistrada ponente, Doris Pinzón Amado, negó la demanda, “la sala no avizora una situación especial que conlleve a suspender provisionalmente la elección del alcalde del municipio de Chiriguaná antes de emitirse la sentencia respectiva, lo que implica que la medida cautelar solicitada no procede en el caso bajo examen, motivo por el cual la misma será denegada”.