La Corte Constitucional, a través de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, ordenó a la Consejería Presidencial para las Regiones ajustar los indicadores que miden el avance en la solución de la crisis humanitaria en La Guajira.
Según el tribunal, las herramientas propuestas por la Consejería no son suficientes para evaluar si las políticas públicas están garantizando los derechos fundamentales del pueblo Wayúu.
La Corte encontró que los indicadores actuales no cumplen con los criterios de idoneidad ni abarcan todos los objetivos constitucionales mínimos establecidos, como la sostenibilidad de las intervenciones, la transparencia en la gestión y el diálogo genuino con el pueblo Wayúu.
Además, señaló que no se incluyó a las comunidades Wayúu ni a las organizaciones civiles en la formulación de los indicadores.
“No se encontró evidencia de la participación de las organizaciones de la sociedad civil que acompañan el seguimiento, ni de la socialización de la batería de indicadores con la población Wayuu en los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia”
En su decisión, el tribunal dio un plazo de tres meses para que la Consejería ajuste estos instrumentos y presente un plan detallado para socializarlos con la población afectada, incluyendo los aportes de organismos como la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo.
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