Diario del Cesar
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Reforma laboral 2024: jornada, licencias, recargos y más aprobados

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En debate sobre la reforma laboral que se llevó a cabo este 7 de octubre en la plenaria de la Cámara de representantes, se aprobaron varios artículos clave, los cuales se suman a los ya tramitados durante las últimas sesiones en las que se ha debatido la ponencia presentada por el gobierno.

Dentro del debate se destacó la aprobación del artículo 18, el cual  amplia y detalla las licencias que los empleadores deben conceder a los trabajadores. Además de las licencias tradicionales por calamidad doméstica, para el ejercicio del voto, o para desempeñar cargos oficiales, se incluyen licencias para asistir a citas médicas, tanto programadas como de urgencia, y específicamente para casos de condiciones como dismenorrea o endometriosis en trabajadoras. También se otorga licencia para asistir a entierros de compañeros y para desempeñar comisiones sindicales, siempre que no afecte el funcionamiento de la empresa.

Además, el artículo introduce una licencia para que los trabajadores puedan asistir a eventos escolares de sus hijos o menores de edad bajo su cuidado, y para atender situaciones relacionadas con violencia de género, como trámites judiciales o administrativos. En estos casos, si el empleador lo solicita, el trabajador deberá demostrar que hizo uso de la licencia para esos fines. Estas medidas buscan ofrecer mayor flexibilidad y apoyo en situaciones personales importantes, asegurando a la vez que no se perjudique el funcionamiento de la empresa.

Otro de los arttículos clave de la reforma es 17, el cual fue aprobado y establece que si un trabajador labora en días de descanso obligatorio (como domingos o festivos), deberá recibir un recargo del 100% sobre su salario ordinario, proporcional a las horas trabajadas. Esto significa que, además del salario normal que recibe por trabajar durante la semana, ganará el doble por cada hora laborada en esos días de descanso.

Sin embargo, este recargo del 100% se implementará gradualmente. En 2025, el recargo será del 80%, en 2026 del 90%, y en 2027 llegará al 100%. Si el día de descanso coincide con otro día remunerado, el trabajador solo recibirá el recargo por las horas trabajadas ese día.

Otros artículos aprobados en el debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes fueron aquellos buscan modificar varias disposiciones relacionadas con las condiciones de trabajo. El  artículo 12 establece los factores de evaluación objetiva del trabajo, permitiendo a los empleadores definir salarios y beneficios en función de capacidades, esfuerzos, responsabilidades y condiciones laborales específicas. Esto incluye aspectos tanto físicos como psicológicos en el entorno laboral. Estos cambios apuntan a garantizar que las evaluaciones sean justas y acordes con el nivel de riesgo y esfuerzo del trabajador.

Por otro lado, el artículo 14 redefine la jornada máxima de trabajo, limitándola a 42 horas semanales y permitiendo flexibilidad en la distribución de las horas, siempre que se respeten los derechos del trabajador, como el descanso semanal. El artículo 15 impone la obligación de registrar y reportar las horas extras laboradas, mientras que el artículo 16 fija un límite estricto de 2 horas extra diarias y 12 semanales, exceptuando sectores específicos como seguridad y salud. Estas reformas pretenden mejorar el bienestar laboral y evitar abusos en la gestión del tiempo de trabajo.

¿Qué se eliminó del proyecto de ley durante la jornada?

Durante el debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes, se eliminaron algunos artículos importantes. Uno de ellos fue el artículo 68, que modificaba el proceso de arbitraje en los conflictos laborales. Este artículo establecía que los árbitros debían tomar decisiones en equidad sobre los puntos de interés de los trabajadores que no se acordaron en la negociación directa, siempre que no implicaran cogestión o coadministración de la empresa. Además, aclaraba que los árbitros no podían reducir los derechos de los trabajadores establecidos por ley, convenciones colectivas o acuerdos previos. Con su eliminación, queda sin cambios el procedimiento actual de arbitraje en conflictos laborales.

Otro artículo eliminado fue el artículo 74, que proponía un programa de acompañamiento a micro y pequeñas empresas. Este programa, impulsado por el Ministerio del Trabajo, tenía como objetivo ayudar a estas empresas a implementar las disposiciones de la nueva ley laboral en el primer año de su entrada en vigor. La eliminación de este artículo deja sin apoyo específico a las micro y pequeñas empresas en el proceso de adaptación a la reforma laboral, lo que podría generar dificultades en su cumplimiento.

/CaracolRadio