Diario del Cesar
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MinAgricultura defendió proyecto de ley sobre la Jurisdicción Agraria

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La Ministra de Agricultura, Martha Carvajalino, defendió el proyecto de Ley Ordinaria de la Jurisdicción Agraria, radicado ante el Congreso de la República este martes 27 de agosto. Carvajalino aseguró que algunas personas quieren generar confusión respecto a este proyecto de ley, afirmando que “en ninguna parte del articulado se dice que habrá expropiación por vía administrativa”.

Uno de los artículos más polémicos de este proyecto es el artículo 5º, numeral 4º, que señala que serán sujetos de expropiación todas las actividades que se alineen con la reforma agraria y rural. Ante esto, Martha Carvajalino aseguró que la propiedad agraria en Colombia tiene una función social que obliga al propietario a ponerla a producir.

“La propiedad agraria tiene una función social desde 1936, que es la función social de producir de conformidad con los reglamentos de uso del suelo, es decir, que produzca bien, de manera sostenible, para que nuestro suelo, la garantía de la producción alimentaria del país, se mantenga, se sostenga y que las tierras que no están produciendo obliguen a sus propietarios a ponerlas a producir”, indicó Carvajalino.

Posteriormente, señaló que en el articulado no se habla de una expropiación por vía administrativa: “La propiedad agraria tiene una función social desde 1936, que es la función social de producir de conformidad con los reglamentos de uso del suelo, es decir, que produzca bien, de manera sostenible, para que nuestro suelo, la garantía de la producción alimentaria del país, se mantenga, se sostenga y que las tierras que no están produciendo obliguen a sus propietarios a ponerlas a producir”.

Otro de los apartes criticados se encuentra en el parágrafo 1º del artículo 12, donde se señala que los procedimientos especiales, como los de expropiación, serán resueltos por la Agencia Nacional de Tierras. Ante esto, la ministra Martha Carvajalino indicó que los procesos de recuperación de baldíos, que es una facultad de administrar los bienes de la nación, son competencia de la Agencia Nacional de Tierras.

“Es importante leer el artículo 12 en su integralidad porque eso nos permite debatir como país cuáles son los asuntos que conocerán nuestros jueces y tribunales y la importancia que ellos tienen. Resolver los conflictos agrarios con un funcionario especializado que nos permita dar garantías a todas las partes de un conflicto es una necesidad para construir la paz en Colombia”, dijo.

Cabe destacar que los ministros de Agricultura y Desarrollo Rural, Martha Carvajalino; de Justicia y del Derecho, Ángela María Buitrago; y del Interior, Juan Fernando Cristo, radicaron ante el Congreso de la República el proyecto de Ley Ordinaria que reglamenta la Jurisdicción Agraria y Rural en Colombia. Según el Ministerio de Agricultura, cumple el mandato popular y el punto uno del Acuerdo de Paz, promoviendo instituciones y mecanismos de justicia ágiles y de fácil acceso para las poblaciones rurales en los que se puedan tramitar conflictos agrarios.

El ministerio señaló que la Ley Ordinaria tiene como objetivo determinar las competencias de los jueces agrarios y el tipo de conflictos que resolverán, como aquellos por la posesión y tenencia de la tierra, por servidumbres agrarias, por deslinde y amojonamiento de predios agrarios y los que surjan de las actividades de producción agrarias, entre otros.

“Además, el proyecto establece reglas especiales para que los procedimientos judiciales sean expeditos y garantistas”, afirmó el ministerio.

/LaFM