Diario del Cesar
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Consejo de Estado anuló la personería jurídica a Independientes, el partido de Daniel Quintero

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Tal como se rumoraba que sucedería, este jueves 16 de mayo, la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la personería jurídica a Independientes, el partido del excalcalde de Medellín Daniel Quintero, según se dio a conocer en el portal web del alto tribunal.

Esta sentencia se da en respuesta a una demanda presentada por el veedor Luis Humberto Guidales, de la Veeduría Transparencia Electoral, en la que solicitó que se declarara la nulidad electoral de la resolución del primero de marzo de 2023, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y que le dio personería jurídica al movimiento Independientes para que se convirtiera en partido.

Entre los argumentos que presentó Guidales están que la personería jurídica fue otorgada aún cuando había vicios respecto a las normas en las que se funda esta acción. La primera de las irregularidades, según el veedor, es que “falta de vocación de permanencia porque el grupo significativo de ciudadanos Independientes no tenía capacidad legal para participar en las elecciones del Congreso en 2022, ya que no recaudó apoyos necesarios para inscribir candidatos en dichas elecciones”.

La segunda, que se habría dado una infracción de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, que establece que solo organizaciones políticas con personería jurídica pueden adherirse de forma válida a un candidato de coalición. Y para las elecciones de 2022, Independientes no contaba con personería jurídica para adherirse al Pacto Histórico, como argumentaron que lo hicieron en defensa en este proceso.

Independientes empezó como el movimiento con el que Quintero hizo campaña en 2019 y fue elegido como alcalde de Medellín para el periodo 2020-2023. En 2020, el CNE ordenó que el movimiento se registrara como agrupación sin personería jurídica. En 2022, Independientes no pudo inscribir candidatos propios a las elecciones del Congreso, por lo cual dos de sus fichas hoy congresistas, Álex Flórez y Alejandro Toro, se inscribieron por las listas del Pacto Histórico, con aval de la Colombia Humana.

En enero de 2023, representantes del movimiento solicitaron al CNE reconocerles personería jurídica, basando su solicitud en el número de votantes que apoyaron sus candidatos en coalición con el “Pacto Histórico”. Lo cierto es que el Pacto tenía listas cerradas, por lo cual los votos no eran para candidatos sino para la colectividad y el movimiento Independientes no podía unirse a dicha coalición. Y en la nueva sentencia constan certificaciones de la Colombia Humana sobre la militancia activa de Flórez y Toro en esa colectividad. “Así las cosas, de conformidad con las pruebas relativas a la inscripción de las candidaturas de los señores David Alejandro Toro Ramírez y Álex Xavier Flórez Hernández al Congreso de la República periodo 2022-2026, no hay discusión que se realizó en virtud de su militancia al Movimiento Colombia Humana, que recibieron el aval de la misma organización, la cual decidió suscribir un pacto de coalición con otras agrupaciones bajo la denominación Pacto Histórico, y que bajo dicha modalidad formalizaron ante la organización electoral y la ciudadanía las aspiraciones, sin que se evidencie la participación de Independientes”, se lee en el documento.

En este sentido también, para Guidales, Independientes no cumplió el requisito de haber obtenido por lo menos el 3% de los votos válidos de forma autónoma en 2022 para que se le diera la personería jurídica, algo en lo que el alto tribunal le dio la razón.