Eliécer Cardozo Barón es el nombre del agente del Escuadrón Móvil Antidisturbios (antes Esmad) que no podrá ejercer durante 12 años en cualquier trabajo en el servicio público. El uniformado, de acuerdo con la Procuraduría, cometió una falta grave al patear en la cara a una manifestante durante el Paro Nacional del 2019.
Eran las 4:50 de la tarde del 21 de noviembre de 2019. Ese día, miles de manifestantes habían salido a las calles para mostrar su inconformismo con las políticas del entonces presidente Iván Duque. En Suba, al sur de Bogotá, había llegado el escuadrón ‘antimotines’ para controlar a algunos protestantes que se tornaban violentos.
Videos ciudadanos y el lente del fotógrafo Héctor Fabio Zamora registraron el momento en el que el agente Cardozo –en un evidente uso excesivo de su fuerza– pateó en la cara a una manifestante que intentó socorrer a un hombre que había sido detenido por los agentes oficiales
“La Entidad determinó que, como consecuencia del exceso en el uso de la fuerza durante la neutralización de un tercero, el uniformado causó daño a la ciudadana ocasionándole lesiones en su cabeza, cuello, tórax, abdomen y extremidades inferiores, las cuales fueron documentadas tanto en el informe pericial de medicina legal como en el examen médico realizado en una unidad de urgencias”, indicó el Ministerio Público a través de un comunicado.
En el momento que cometió la agresión, Cardozo Barón se desempeñaba como comandante del Esmad de la Estación de Policía Suba. La Procuraduría concluyó, durante el juicio disciplinario, que el uniformado estaba en una evidente condición de superioridad frente a la ciudadana.
El agente contaba con toda la indumentaria requerida para ejercer sus funciones, tales como casco, botas y todo el entrenamiento recibido para desempeñar su cargo. En contraposición, la ciudadana solo tenía una pañoleta que la protegía de los gases lacrimógenos y una bicicleta para movilizarse
“La aplicación de la fuerza debe ser considerada por parte de los integrantes del Esmad como la última opción utilizada para salvaguardar la vida, y la integridad física, tanto de los ciudadanos como de los propios agentes, y en todo momento debe regirse por los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y racionalidad”, recordó la Procuraduría.
En todo caso, el órgano de control calificó la agresión del uniformado como una falta “gravísima a título de dolo” y desde la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento le impusieron una inhabilidad de 12 años para ejercer cargos públicos. El uniformado podrá solicitar una revisión del fallo en segunda instancia.