Diario del Cesar
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Se cae proceso de elección del Personero de Valledupar

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La contratación de otra institución educativa superior para el concurso de méritos para la elección de Personero Municipal en el  periodo 2024-2027, fue ordenada por Juzgado Segundo Administrativo Oral de Valledupar a los corporados del Concejo Municipal de esta capital.

La decisión se desprende de una acción de tutela presentada por el abogado Belisario Jiménez Luquez, uno de los participantes, en contra del Concejo Municipal de Valledupar, la Procuraduría Regional del Cesar, Procuraduría General de la Nación, Universidad del Magdalena y la lista definitiva de los profesionales admitidos.

El pasado 22 de septiembre, 27 aspirantes, presentaron la prueba de conocimiento para salir elegidos en la terna, labor que estuvo a cargo de la Universidad del Magdalena, la cual contratada por el Concejo Municipal para llevar a cabo el proceso.

Desde entonces, han sido varias las inconformidades y objeciones presentadas por algunos de los participantes, quienes indicaron que algunos exámenes no estaban bien marcados con los seriales correspondientes y otros no fueron llevados bajo custodia a la ciudad de Santa Marta donde serían revisados.

Es así como el abogado Jiménez Luquez,  presentó una acción de tutela en la que solicita cancelar la contratación con la Universidad del Magdalena, ya que hubo inconsistencia en el proceso de adjudicación del contrato por $25 millones, y en el contrato electrónico así como en el documento complementario la institución de educación superior presentó la propuesta por $30 millones, sobrepasando el presupuesto.  Tampoco hubo corrección de la propuesta y fue aceptada por la corporación por lo que se trastoca los principios de la contracción pública y los criterios de selección objetiva.

Así las cosas, el Juzgado tuteló los derechos del querellante, Belisario Jiménez Luquez, y ordenó al Concejo Municipal de Valledupar que un término de 48 horas proceda a rehacer el proceso contractual y seleccionar  una institución educativa que brinde acompañamiento para el concurso público de méritos para la elección del personero.  “Deberá existir estricta observancia y los principios de transparencia, imparcialidad, publicidad y selección objetiva que deben regir las actuaciones administrativas”, se lee en la sentencia de la tutela.