Diario del Cesar
Defiende la región

El Mirador, Petro el protagonista

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Por

HERNANDO FERNANDEZ

DE CASTRO DANGOND*

La semana pasada, expresamos en este espacio, nuestro concepto de como veíamos a Petro candidato vs Petro Presidente, y a pesar no querer ser repetitivo en el tema de nuestro presidente, parece imposible en este momento, hacer abstracción del protagonismo del primer mandatario.

Lo que han denominado el balconazo, donde Gustavo Petro llamó a una revolución si no le aprueban las reformas propuestas al Congreso, la presencia de la llamada Guardia Indígena en Bogotá en la puerta del Congreso, en formación militar y con “bastones de mando”  en las manos de cada uno de los marchantes, preocupan a todos los colombianos que pensamos que la función primordial de un Presidente, es  lograr el respaldo de toda la población y para eso,  es menester que el gobernante se siente a gobernar y no a “twitear” y a proferir amenazas contra todo aquel que no comulga con sus ideas de modelo de Estado.,

Gobernar es el arte de lograr consensos, de armonizar los disensos, de pensar en el bienestar de toda la población, que está compuesta de  individuos de distintas razas, ideología políticas o religiosas, de empresarios, trabajadores, de profesionales en disímiles ramas del saber, en este contexto y como está de moda citar artículos de la Constitución, es pertinente recordar que el Presidente debe darle cumplimiento al mandato del artículo 2 de nuestra constitución que dice lo siguiente:   “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.”

La norma anterior, condensa las responsabilidades del presidente como jefe de Estado, jefe de gobierno y comandante en jefe de las Fuerzas Armadas frente a la sociedad como primera autoridad del País, pero no lo habilita para transgredir la separación de poderes, igualmente consagrada en el artículo  113  de nuestro ordenamiento superior

La convivencia pacífica de la que habla el artículo citado, no es la paz total como programa de gobierno, es crear y mantener las condiciones generales en la sociedad colombiana que permita el desarrollo social, económico y político de todos, sin distingo de clases, es generar condiciones donde todos seamos iguales frente a las autoridades, es respetar la libertades individuales, es acatar la constitución y la ley, respetar por parte de los gobernantes el rol que las obligaciones del cargo le acarrean, sin sobrepasarla, ni inmiscuirse en las funciones de la ramas del poder público que no representa.

Por eso creo que no es un buen ejemplo, lo hecho por el Presidente Petro al proclamarse jefe del Fiscal General de la Nación, cuando este cargo hace parte de la Rama Judicial, tal como lo determina nuestra Constitución.

El Presidente tiene la obligación de conocer lo que dispone nuestra Constitución y si no los sabe o no conoce el tema, debe acudir a sus asesores en la materia, para no incurrir en desafueros jurídicos y administrativos.

El Primer mandatario debe dar buen ejemplo, gobernando bien y en beneficio de todos los colombianos y no solo de los que se identifiquen ideológicamente con él, debe respetar y acatar la separación de poderes,  su mensaje nunca puede ser agresivo y mucho menos convocar a movimientos sociales para que respalden lo que él cree que está bien, aún en contra de lo que dicen las mayorías de los colombianos, según las  últimas encuestas en referencia a la reforma de salud y con relación a la aprobación de su gestión.

Ni el Presidente se puede inmiscuir en la funciones del Fiscal, ni este debe responder en forma agresiva las solicitudes del señor Presidente.

Colombia es un Estado de Derecho, el Presidente representa la majestad del Estado y como primera autoridad debe acatar lo que establece nuestra constitución y aceptar la separación de poderes.

Y los miembros de los otros dos poderes, ejecutivo y judicial, igual deben respetar el fuero presidencial, sin “pisarse las mangueras” como se dice coloquialmente. Colombia debe estar por encima de los egos personales, de las pretensiones mesiánicas y de las ínfulas de cualquier servidor público

Primero Colombia, segundo Colombia Y tercero Colombia, el pueblo es soberano y merece respeto por parte de quienes los representan.

*Abogado