Diario del Cesar
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Se cayó elección de Nemesio Roys como gobernador de La Guajira

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La Corte Constitucional mantuvo en firme un fallo de julio del Consejo de Estado que anuló la elección de Nemesio Roys como gobernador de la Guajira para el periodo 2020 – 2023 por incurrir en doble militancia.

Para tomar esa decisión, la Corte estudió una tutela que presentó el ahora exmandatario contra el fallo del Consejo de Estado que además ordenó cancelarle la credencial de Gobernador.

Todo se desprende de una demanda de perdida de investidura que decía que Roys siendo candidato de la coalición ‘Un Cambio por la Guajira’ conformada por los partidos Conservador, La U, Colombia Renaciente y Cambio Radical, apoyó simultáneamente a Abel Cujia Mendoza, quien era candidato para la alcaldía de Uribia por el partido Liberal y a Euclides Redondo, entonces candidato para la Alcaldía de Riohacha por el partido de Reivindicación Étnica.

La historia es la siguiente: Roys perdió la demanda en la sección quinta del Consejo de Estado, interpuso la tutela que falló a su favor la sección segunda que en septiembre del año pasado lo devolvió a su puesto.

Esta tutela, pasó a revisión de la Corte que tumbó las sentencias que lo favorecieron y revivió el fallo de la sección quinta que le quitó la credencial de Gobernador.

La Corte consideró que Roys buscaba reabrir un debate ya zanjado, “no se advierte que la Sección Quinta del Consejo de Estado haya incurrido en un error ostensible, flagrante y manifiesto en la valoración probatoria, con un efecto determinante en la decisión y que requiera la intervención del juez de tutela», dice la decisión.

La Corte además advirtió que en ese caso no era procedente una acción de tutela y que se probaron las razones por las cuales de decretó la doble militancia.

“Las circunstancias constitutivas de doble militancia son palmarias, no solo porque se acreditó que el señor Roys Garzón realizó una manifestación pública de apoyo en favor de un candidato a la alcaldía de Uribia que no militaba en su partido político, sino porque, además, en el caso de las elecciones de Riohacha, se encuentra demostrado que suscribió un acuerdo con un candidato a la alcaldía ―distinto al que inscribió su partido de origen― en el que ambos comprometieron su apoyo recíproco, en el evento en que resultaran electos», dice el fallo.

Fuente: Sistema Integrado de Información