Diario del Cesar
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Tenderos, obligados a prestar el baño para una ´meada´ 

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El Código de Policía en Colombia fue actualizado hace un par de año y levantó una dura polémica por algunas de las medidas que se establecieron y que para muchos eran casi que un abuso de autoridad cometido por el Gobierno en el trámite en el Congreso.

Al margen de los defensores y detractores, ese mismo Código de Policía tiene –entre otras– una serie de medidas que regulan el comportamiento ciudadano. Una de esas normas tiene que ver con la operación de las tiendas de barrio.

El Código de Policía en Colombia establece unas medidas para los tenderos sobre el uso del baño.

En uno de los artículos del Código de Policía quedó establecido que los tenderos están obligados a prestar sus baños a la comunidad.

De hecho, el tendero que se niegue a facilitar el baño a los ciudadanos que se lo le pidan “prestado”, puede ser objeto de duras multas cuando se trate de niños, mujeres embarazadas y adultos mayores.

Y es que el Código de Policía es claro sobre la obligación de los locales comerciales a prestar el baño a los ciudadanos, independiente de si se trata de clientes o no del lugar.

Revisado el Código de Policía, el tendero que se niegue a facilitar el baño puede ser multado hasta con $121.000.

En caso de que un ciudadano se vea afectado por la negación de este servicio, puede dirigirse al CAI de la Policía más cercano para presentar la denuncia y que se haga efectiva la sanción en contra del tenedero.

Código de Policía, artículo 88 sobre tiendas y baños

Es obligación de todos y cada uno de los establecimientos de comercio abiertos al público, prestar el servicio de baño a niños, mujeres en evidente estado de embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, sin importar que los mismos sean sus clientes o no. La inobservancia de la presente norma tendrá como consecuencia la imposición de una Multa General Tipo 1 o suspensión temporal de actividad.

Será potestad de los establecimientos de comercio en mención el cobro del servicio enunciado el cual deberá ser regulado por los correspondientes entes territoriales.

Por eso se ha puesto en marcha la ciudad pusieron en marcha la campaña “Presta el Baño”.

El objetivo de la campaña es que los comerciantes entiendan la ‘necesidad’ de que presten sus baños a los ciudadanos.

“Estaremos haciendo pedagogía frente al tema, para que cada vez sea más fácil el acceso a este servicio en los establecimientos comerciales”, dijo el gobierno.

 

EL TOP DE LAS 10 SANCIONES 

 

Estas son las sanciones del código Nacional de Seguridad y Convivencia que debes tener en cuenta por si comentes alguna:

Sanciones del Código:

  1. No recoger los excrementos de tu mascota. Es una multa general tipo 1, donde deberás pagar: ($121,136).

Cómo incentivar a los responsables de perros a recoger los excrementos de sus  mascotas? – Bogotá Abierta

  1. No prestar servicio de baño a  niños, mujeres embarazadas y adultos tercera edad. Es una multa general tipo 1, donde deberás pagar: ($121,136).
  2. Ingresar y salir de las estaciones o portales, por sitios distintos a las puertas  designadas. Y Ocupación de espacio público. Es una multa general tipo 1, donde deberás pagar: ($121,136).
  3. Portar armas, elementos cortantes, punzantes o semejantes, o sustancias peligrosas, en áreas comunes o lugares abiertos al público. Esta es una multa tipo 2, en donde deberás pagar: ($242,273)

Sanciones del código que debes tener en cuenta:

  1. Realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad y además quién irrespete a los funcionarios o autoridades del Sistema. Una multa general tipo 3, donde deberás pagar: ($484,547)
  2. Quien altere, manipule deteriore, destruya o fuerce las puertas de las estaciones o de los vehículos. Una multa general tipo 3, donde deberás pagar: ($484,547)
  3. Realizar necesidades fisiológicos en espacio público y arrojar basuras en espacio público. Esta es una multa general tipo 4 donde deberás pagar: ($969,094)
  4. Incumplir, desacatar, desconocer e impedir la función o la orden de policía. Una multa general tipo 4 donde deberás pagar: ($969,094)
  5. Impedir, dificultar,obstaculizar o resistirse a procedimiento de identificación o individualización, por parte de las autoridades de policía. Multa general tipo 4 donde deberás pagar: ($969,094)
  6. Infracción urbanística (actuación de construcción, ampliación, modificación, adecuación y demolición). Una multa general tipo 4 donde deberás pagar: ($969,094)